Beneficios de Administrar su Cesantía en CoopeJudicial

 

Al ser asociado a CoopeJudicial disfrutarás del beneficio de la administración gratuita de tu cesantía *. 

  • Aplica en caso de:

    • Ruptura laboral con o sin responsabilidad patronal
    • Renuncia al patrono.
    • Jubilación.
    • Pensión.
    • Fallecimiento.

    * Beneficio aplica para funcionarios del Poder Judicial

     

    ¿Qué garantiza la cesantía administrada por CoopeJudicial?

    Sin importar el tiempo laborado recibirás el total de los aportes realizados desde el momento de la administración de la cesantía con la cooperativa, independientemente de la ruptura laboral.

     

    Blindaje

    Implica la protección de las cuotas o extremos administrados por la cesantía sin importar la causa del rompimiento laboral.

    El patrono realiza un aporte del 2.33% mensuales a CoopeJudicial

    Beneficios de administrar tu cesantía en CoopeJudicial

    • No tenés que hacer un ahorro adicional con un porcentaje obligatorio.
    • Ganás rendimientos anuales sobre la administración de tu cesantía, los cuales podrás retirar a partir de febrero de cada año.
    • Tenés el derecho de recibir el monto acumulado por la administración de cesantía en caso de renuncia o despido con o sin responsabilidad laboral.
    • Recibirás el 100% del monto acumulado administrado sin establecer tope en años, es decir, aunque sobrepasás el tiempo de 8 o 12 años (según corresponda su fecha de ingreso al Poder Judicial). Si la cesantía es administrada por tu patrono, solo te calcularán para el pago de cesantía de 8 a 12 años según corresponda su fecha de ingreso al Poder Judicial.

    Para CoopeJudicial es muy importante brindarte soluciones que te generen tranquilidad en tu futuro.

Formulario de consultas sobre la Administración de Cesantía / Envío de su boleta de Cesantía

Descargá y completá tu boleta de administración de cesantía

Podés enviar la información al correo: info@cooopejudicial.fi.cr

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